Compostela Car Service, SLU (de ahora en adelante denominado “Arrendador”) alquila a la/s persona/s identificada/s en el contrato como conductor/es y/o pagador/es (denominados de ahora en adelante “Arrendatario”) el vehículo referido en el contrato (de ahora en adelante “Vehículo”), de conformidad con las cláusulas y condiciones contenidas en el presente documento y en relación a la tarifa vigente y con el precio pactado en la reserva de alquiler, en función de la tarifa seleccionada.
Cancelación y reembolso
Condiciones de contratación
1.- UTILIZACIÓN DEL VEHÍCULO
El Arrendatario se compromete a utilizar y conducir el vehículo de acuerdo con las normas básicas de conducción y circulación, y conforme a las especificaciones de uso del tipo de vehículo. El Arrendatario se compromete a no utilizar el Vehículo y/o dejar que el mismo sea utilizado en los siguientes supuestos: conducción en vías no autorizadas o no pavimentadas o cuyo estado pueda suponer un riesgo de daños para el vehículo; transporte remunerado de pasajeros; empujar o remolcar cualquier vehículo o cualquier otro objeto, rodante o no; participar en competiciones, oficiales o no; realizar pruebas de resistencia de materiales, accesorios o productos para automóviles (salvo autorización expresa por parte del Arrendador); conducir el Vehículo bajo los efectos del alcohol, narcóticos o cualquier otro tipo de sustancias estupefacientes; transporte de mercancías inflamables y/o peligrosas, productos tóxicos, nocivos y/o radioactivos o que infrinjan las disposiciones legales vigentes, así como el transporte de mercancías en peso, cantidad y/o volumen superior al autorizado en el Permiso de Circulación y/o la Ficha Técnica del Vehículo; transporte de pasajeros en número superior al autorizado e indicado en el Permiso de Circulación o Ficha Técnica del Vehículo; transporte de animales vivos (a excepción de mascotas y/o animales de compañía, previa autorización por parte del Arrendador); transporte de niños menores de tres años o mayores de tres años que no superen una altura de 150 centímetros, sin utilizar el correspondiente dispositivo de retención obligatorio homologado de acuerdo con el peso y la talla del niño o persona que deba utilizarlo. El Arrendatario está obligado a distribuir y fijar de forma segura y correcta las persona o personas identificadas por el Arrendador en el contrato de alquiler o anexo de autorización, siempre que sean mayores de 25 años, y sean titulares y estén en posesión de permiso de conducir válido (Expedidos conforme a la legislación española en vigor, expedidos por los Estados Miembros de la Unión Europea con arreglo a la normativa comunitaria; expedidos de otros países o de carácter internacional que fueran reconocidos como válidos a efectos de permitir la conducción en España) y en vigor, como mínimo con 2 años de antigüedad. El Arrendador se reserva el derecho a solicitar al Arrendatario un documento acreditativo de la identidad, adicional al permiso de conducir. Si de conformidad con lo establecido el Arrendatario incumpliese su obligación de identificar al conductor del Vehículo, y/o se realizara una identificación incorrecta del conductor, el Arrendatario será responsable del pago de cualquier multa o sanción que el Arrendador pudiera soportar por dicho concepto y respecto de todas aquellas infracciones cometidas durante el período del alquiler. Queda prohibido al Arrendatario ceder, alquilar, hipotecar, pignorar, vender o de cualquier manera dar en garantía: el Vehículo, el contrato de alquiler, las llaves, la documentación, el equipamiento, las herramientas y/o accesorios del Vehículo o cualquier parte o pieza del mismo; o tratar lo anterior de manera que cause perjuicio al Arrendador. Cuando se ilumine en el cuadro de instrumentos cualquier testigo que detectan una anomalía en el funcionamiento del Vehículo o cuando perciban signos externos que indiquen avería o mal funcionamiento del mismo, el Arrendatario deberá detener el Vehículo lo antes posible y contactar con el Arrendador o con la compañía de asistencia en carretera concertada por el Arrendador y sólo con esta. La utilización del Vehículo solo está permitida en la península ibérica, España y Portugal (salvo comunicación previa por parte del Arrendatario y autorización expresa por escrito por parte del Arrendador). No está permitido el transporte del Vehículo a bordo de cualquier tipo de barco, tren, camión o avión (salvo autorización expresa por parte del Arrendador).
2.- ESTADO DEL VEHÍCULO
Tanto en la entrega como en la devolución del Vehículo, se incluirá en el contrato de alquiler cualquier daño menor visible en el Vehículo. Excepto por los posibles daños menores que pudieran haberse reflejado en el contrato de alquiler, el Arrendador hace entrega del Vehículo al Arrendatario en perfecto estado aparente de funcionamiento y en buen estado exterior y de limpieza; con un par de triángulos de emergencia, chaleco reflectante de seguridad y con todos sus neumáticos (incluido el de repuesto) en buen estado y sin pinchazos. A la finalización del alquiler, se identificará cualquier nuevo daño menor que se haya producido al Vehículo, en cuyo caso se recogerá expresamente en el contrato de alquiler y será cargado al Arrendatario al precio de reparación. Queda prohibido al Arrendatario variar cualquier característica técnica del Vehículo, las llaves, equipamiento, las herramientas y/o accesorios del Vehículo, así como efectuar cualquier modificación de su aspecto exterior y/o interior (salvo expresa autorización por escrito por parte del Arrendador). En caso de infracción de este artículo, el Arrendatario deberá correr con los gastos, debidamente justificados, de reacondicionamiento del Vehículo a su estado original y abonar, en caso de ser requerido, una cantidad en concepto de indemnización por inmovilización del Vehículo. El Arrendatario se reserva el derecho de instalar en el Vehículo un dispositivo de geolocalización por GPS como elemento de seguridad y de control para la gestión de la flota.
3.- PRECIO, DURACIÓN Y PRÓRROGA DEL ALQUILER
El precio del alquiler es el expresado en la reserva de alquiler y está establecido en función de la Tarifa General vigente y el precio pactado con el Arrendatario en el momento de realizarse el alquiler, según la tarifa seleccionada. El precio de alquiler incluye el coste del seguro obligatorio de automóvil y el complemento de responsabilidad civil y sus impuestos correspondientes. Este precio no incluye el precio de los seguros y exenciones opcionales, cuya contratación por el Arrendatario, deberá realizarse expresamente, en cuyo caso los precios cargados al Arrendatario por tales conceptos serán añadidos al precio total del alquiler. La duración del alquiler será la pactada en el contrato, y se facturará en base a períodos de 24Horas, contados desde la hora en que éste se hubiera formalizado. Existe un período de cortesía de 60 minutos, superado el cual, el Arrendatario se reserva el derecho de facturar un día adicional de alquiler conforme al precio aplicable según tarifa. El Arrendatario se compromete a devolver el vehículo al Arrendador en la fecha y hora prevista y en el lugar pactado en el contrato de alquiler. La devolución del Vehículo en lugar y/o fecha diferente del pactado inicialmente puede implicar cargos adicionales y/o la modificación del precio del alquiler por día. Únicamente se considera el servicio terminado cuando el Vehículo y las llaves del mismo han sido recepcionadas por el Arrendador.
4.- PAGOS
El Arrendatario se compromete a pagar por adelantado al Arrendador: (I) La cantidad resultante de la aplicación de la tarifa general vigente y el precio pactado en la reserva de alquiler, correspondiente a duración, seguros, exenciones opcionales, equipamiento adicional y servicios complementarios, según las condiciones estipuladas, así como los impuestos y tasas aplicables. Posterior a la finalización del contrato: (II) El importe de los daños y/o sustracciones sufridas total o parcialmente en el Vehículo no amparados por las exenciones opcionales contratadas por el Arrendatario, así como daños y perjuicios por pérdida de beneficio por inmovilización del vehículo y los daños y perjuicios derivados, en su caso, del incumplimiento del artículo 1 de las presentes condiciones. (III) El importe del traslado y/o reparación de los daños ocasionados al Vehículo motivados por uso de combustible inadecuado. (IV) La cantidad correspondiente a las multas por cualquier infracción de la legislación vigente, en que incurra el Arrendatario en el uso del Vehículo, así como los recargos por el retraso en el pago por parte del Arrendatario y los gastos judiciales o extrajudiciales en los que ocurra el Arrendador como consecuencia de lo
anterior. (V) Los gastos de la obtención de un duplicado y/o envío, del juego de llaves del Vehículo a la oficina correspondiente, en los casos de pérdida, rotura, entrega de las llaves en una oficina distinta a la de devolución efectiva del Vehículo, o cualquier otra situación por la que se paralice el Vehículo por motivos achacables al Arrendatario. (VI). El importe de 15€ más el impuesto sobre el valor añadido aplicable, o impuesto equivalente en vigor, en caso de: devolver el Vehículo sin la pareja de triángulos de emergencia, devolver el Vehículo sin la documentación (fotocopias compulsadas de permiso de circulación y ficha técnica y seguro del Vehículo/Carta Verde) y/o devolver el vehículo sin el chaleco reflectante de seguridad. (VII) El importe de 30€ más el impuesto sobre el valor añadido aplicable, o impuesto equivalente en vigor, en concepto de cargo por gestión de sanciones de tráfico (multas). Dicho cargo se devengará por cada boletín o expediente sancionador instruido por la autoridad competente en relación con el vehículo arrendado y por hecho acaecidos durante la vigencia del arrendamiento. (VIII) El importe de 50€ más el impuesto sobre el valor añadido aplicable, o impuesto equivalente en vigor, en concepto de cargo de gestión de expedientes de daños. Dicho cargo se devengará en el caso de que el vehículo presentase daños materiales que se hubiesen producido durante el período de arrendamiento, cualquiera fuere su grado, su causa e independientemente de la eventual contratación de exenciones opcionales. El presente cargo se devengará por cada incidente que diera lugar a los daños, excepto en aquellos casos de accidentes de circulación cuya responsabilidad sea atribuida a otro vehículo, cuyo conductor haya reconocido expresamente su responsabilidad a través de la Declaración Amistosa de Accidente, siempre y cuando haya sido cumplimentada en su totalidad, haya sido firmada por ambos conductores, no presente tachones, ofrezca una versión clara sobre lo ocurrido, y una de sus dos hojas originales haya sido entregada por el Arrendatario al Arrendador. (IX) El importe de 75€ más el impuesto sobre el valor añadido aplicable, o impuesto equivalente en vigor, en concepto de cargo por gestión de asistencia en carretera. Dicho cargo se devengará en el caso de que la compañía de asistencia en carretera concertada por el Arrendador hubiese prestado servicios durante la vigencia del arrendamiento para atender incidencias con ocasión de error, negligencia o mal uso del vehículo por parte del Arrendatario; pérdida de llaves, rotura o abandono dentro del vehículo cerrado; falta de combustible o repostaje de combustible no adecuado; rescate en lugares o vías no aptas para la conducción o no pavimentadas. Forma de pago: El pago por el Arrendatario al Arrendador de los importes reseñados en los apartados anteriores, deberá ser realizado con tarjeta de crédito, mediante transferencia bancaria o en efectivo. Depósito al inicio del alquiler: En cualquier caso, el Arrendador se reserva el derecho a requerir al Arrendatario, antes del inicio del arrendamiento del Vehículo en concepto de depósito, la cantidad que resulte de incrementar en un 20% el resultado de multiplicar la tarifa por el período de alquiler reservado por el Arrendatario y añadiendo, en su caso, la tarifa de otros servicios complementarios contratados por el Arrendatario, quedando el depósito prestando en poder del Arrendador en garantía de las obligaciones de pago que pudiera asumir el Arrendatario.
5.-SEGURO OBLIGATORIO
Las tarifas de alquiler incluyen las coberturas del Seguro Obligatorio del automóvil y del Complemento de Responsabilidad Civil por los daños y perjuicios frente a terceros derivados del uso y circulación del Vehículo. Estas coberturas quedan garantizadas y son asumidas por el asegurador con el que el Arrendador tenga concertada la correspondiente póliza de seguro; y quedan sujetas al clausulado general y particular de la misma y a la ley. Mediante la firma del contrato de alquiler el Arrendatario se adhiere como asegurado a la mencionada póliza. Esta póliza no cubre los daños, pérdidas, ni cualquier otro perjuicio sufrido en los equipajes, mercancías u objetos personales transportados en el Vehículo.
6.- EXENCIONES OPCIONALES
Cancelación de Franquicia: Exención total de responsabilidad y del pago de la franquicia a cargo del Arrendatario por los daños ocasionados al vehículo en caso de accidente o colisión. El precio de dicha exención por contrato de alquiler es el establecido en la Tarifa General vigente en función de grupo y tipo de Vehículo arrendado. La cancelación de franquicia es un servicio opcional prestado directamente por el Arrendador que exime de Arrendatario, mediante su contratación, de la responsabilidad económica únicamente por los daños y desperfectos exteriores de carrocería, pintura, lunas, llantas y neumáticos. La Cancelación de Franquicia no cubre en ningún caso los daños causados en el interior del Vehículo y/o daños en el exterior del Vehículo que se produzcan como consecuencia de un uso imprudente o negligente por parte del Arrendatario. La Cancelación de Franquicia no cubre en ningún caso las pérdidas, hurtos o daños relativos a objetos y bienes, incluso equipajes o mercancías, transportados, depositados o guardados en el Vehículo por el Arrendatario o cualquier ocupante del mismo.
7.- MANTENIMIENTOS Y REPARACIONES
El Arrendatario debe comprobar periódicamente, y reponer si fuera preciso, los niveles de líquidos de motor cada 1.000 Kilómetros recorridos, deduciéndose el importe pagado por ello del precio final del alquiler siempre que el Arrendatario presente la correspondiente factura (necesariamente emitida con los datos fiscales del Arrendador). El desgaste mecánico derivado de un uso normal del Vehículo es asumido por el Arrendador. En caso de que el Vehículo quedase inmovilizado por avería mecánica, al Arrendatario deberá contactar con el Arrendador. El Arrendatario no está autorizado a ordenar la reparación del Vehículo, salvo Autorización expresa por parte del Arrendador.
8.- COMBUSTIBLES
El combustible consumido por el Vehículo durante el período de alquiler del mismo es por cuenta del Arrendatario. El Arrendatario debe devolver el vehículo con la misma cantidad de combustible que tenía en el momento de la entrega del vehículo por parte del Arrendador. Salvo excepciones, la política de combustible es de lleno/lleno. En caso de que se devuelva el vehículo con menos cantidad de combustible que la registrada al inicio del alquiler, se le facturará el que falte más el cargo adicional por el servicio de repostaje establecido en la Tarifa general vigente; 20€ más el impuesto sobre el valor añadido aplicable. Se bloqueará fianza de 120€, para su aplicación en caso de incumplimiento.
9.- PROTECCION DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
A efectos de lo dispuesto en la normativa vigente relativa a la protección de datos de carácter personal. COMPOSTELA CAR SERVICE SLU le informa de sus datos personales, tanto los proporcionados para la formalización del presente contrato como los recabados durante la vigencia de los servicios de alquiler, van a ser incorporados a un fichero de titularidad de COMPOSTELA CAR SERVICE SLU con domicilio en Polígono del Tambre, vía Faraday, 21 Santiago de Compostela (A CORUÑA), con el fin de poder gestionar los servicios de alquiler de vehículos contratados, así como para fines comerciales tales como mantenerle puntualmente informado de todas aquellas ofertas, productos y promociones, propias o de terceros, que puedan ser de su interés, bien por correo electrónico, bien por cualquier otro medio equivalente.
Asimismo, los datos que nos facilite serán cedidos a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, con el fin de comprobar con estos las posibles anomalías disciplinarias. Como cliente de COMPOSTELA CAR SERVICE SLU, podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, comunicándolo por escrito a Polígono del Tambre, vía Faraday 21 Santiago de Compostela (A CORUÑA).